Más noticias – Últimas noticias
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado luz verde al macrocaso interpuesto por Adicae contra más de 100 bancos en España por utilizar cláusulas abusivas en hipotecas. La justicia comunitaria considera que no hay obstáculos para valorar la transparencia de estas cláusulas en una acción colectiva en la que participan más de 800 afectados.
Este caso volverá ahora al Tribunal Supremo de España, que deberá dictar sentencia definitiva, teniendo en cuenta los precedentes que ya han declarado abusivas estas cláusulas. Según Adicae, la decisión de la Audiencia Nacional debería reflejar la jurisprudencia existente sobre la falta de transparencia en la comercialización de estas cláusulas.
Las cláusulas en cuestión, habituales en las hipotecas a tipo variable, fijan un suelo al tipo aplicable, evitando que el tipo real caiga por debajo de ese umbral, aunque el Euribor lo permita. Si, por ejemplo, la cláusula especifica un mínimo del 1%, pero el Euribor es más bajo, el préstamo no puede tener un tipo de interés inferior al 1%.
Este conflicto lleva más de una década, cuando Adicae lanzó una demanda colectiva contra 101 entidades financieras en España. Tras diversos procesos de consolidación bancaria, el número de entidades demandadas se ha reducido a más de 40.
Adicae exige a estas entidades la devolución de las cantidades pagadas en exceso debido a la aplicación de estas cláusulas. La asociación ya ha ganado dos casos en España con este macrocaso, y el asunto llegó al Tribunal Supremo, que planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE para determinar si es posible valorar la transparencia de estas cláusulas en tales casos. una amplia acción colectiva. Ahora el Tribunal de Justicia de la UE ha confirmado que es posible.
El TJUE afirmó que nada en la directiva se opone al control judicial de la transparencia en el contexto de una acción colectiva. Este control debe adaptarse a las particularidades de las acciones colectivas y centrarse en las prácticas contractuales y precontractuales habituales del profesional en relación con el consumidor medio, según informa la Justicia europea, destacando que la acción colectiva Adicae reúne a más de 800 consumidores.
El TJUE señala que deben cumplirse ciertos requisitos para la aplicación conjunta de las cláusulas. En primer lugar, la acción debe dirigirse contra profesionales del mismo sector económico. En segundo lugar, las cláusulas en cuestión deben ser similares, incluso si los contratos se firmaron en momentos diferentes o bajo regímenes regulatorios diferentes.
La heterogeneidad de usuarios en la macrobúsqueda ha llevado a fijarse en la figura del usuario medio sin profundizar en cada caso concreto. El Tribunal Supremo debe evaluar cómo ha evolucionado la percepción del consumidor medio a lo largo del tiempo, teniendo en cuenta factores como la caída de los tipos de interés y decisiones judiciales anteriores.
Adicae señaló que «esperábamos con ansias esta resolución tras el dictamen del Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE en enero de este año», criterio que finalmente fue seguido por el tribunal. Adicae reitera que los tribunales deben aplicar un control de transparencia a estas cláusulas abusivas, incluso en el contexto de una demanda colectiva con miles de interesados, y que todos los afectados deben ser indemnizados desde el primer momento en que se aplicaron estas cláusulas indebidas.
Otra asociación de consumidores, Asufin, también celebró la decisión del TJUE, subrayando que «la protección colectiva contra cláusulas no transparentes abre la puerta a litigios masivos contra bancos, empresas financieras e incluso grandes empresas tecnológicas». Assoufin cree que esta sentencia fomenta la demanda colectiva, desafiando la teoría de que las cláusulas abusivas deben ser apeladas caso por caso.
También te puede interesar – Medios digitales